Medidas cautelares COVID-19 en Puerto Rico (actualización del 29 de noviembre)

¿Puede un residente ingresar al país?

  • Si

  • Pueden ingresar ciudadanos y residentes.

¿Puede un extranjero ingresar al país?

  • Si

  • Las fronteras están abiertas para todos los viajeros.

¿Se requiere una prueba a la llegada?

  • No con excepciones

  • Los viajeros que lleguen sin un certificado de prueba válido serán examinados a su llegada.

  • Los viajeros que lleguen con síntomas relacionados con el COVID-19 tendrán una prueba rápida de COVID-19 (análisis de sangre por punción en el dedo) realizada en el aeropuerto por la Guardia Nacional de Puerto Rico. También pueden estar sujetos a una prueba de PCR para confirmar un resultado negativo a su cargo.

¿Se permite un certificado de prueba?

  • Si

  • Se aceptarán certificados de prueba emitidos fuera de Puerto Rico si se presentan en inglés o español.

¿Se requiere certificado de prueba?

  • Si

  • Los viajeros deben presentar un certificado de una prueba de PCR COVID-19 negativa realizada no más de 72 horas antes de la llegada. Las personas menores de 12 años no están obligadas a mostrar un certificado de prueba negativo.

¿Se requiere cuarentena a la llegada?

  • Si con excepciones

  • Los viajeros asintomáticos pero que no tengan una prueba de PCR negativa o que estén esperando los resultados se pondrán en cuarentena durante 14 días por cuenta propia o hasta que los resultados de la prueba estén disponibles. Si la prueba es negativa, pueden salir de la cuarentena. Si la prueba es positiva, deben aislarse y buscar atención médica.

¿Se requiere formulario de inscripción?

  • Si

  • Los viajeros deben completar el Formulario de Declaración de Viaje en línea a través del portal en línea del Departamento de Salud de Puerto Rico aquí: https://app.travelsafe.pr.gov/. Los viajeros tendrán la opción de cargar el resultado negativo de la prueba COVID-19.

Aplicación de borde recomendada

  • Si

  • Se recomienda a los viajeros que utilicen la aplicación “Rastrea el Virus” para rastrear contactos.

Restricciones de aerolíneas

  • Mínimo

  • Los aeropuertos de Puerto Rico están abiertos. Están operando vuelos comerciales nacionales e internacionales. La mayoría de los vuelos están programados dentro y fuera del Aeropuerto Internacional Luis Muñoz Marín de San Juan.

Restricciones fronterizas

  • moderado

  • Los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) de Estados Unidos emitieron una advertencia contra los viajes a Puerto Rico debido al reciente aumento de casos de COVID-19 en este último. Según los CDC, si algún viajero desea ingresar a Puerto Rico, deberá seguir los siguientes requisitos:

  • Antes de la llegada a Puerto Rico: los viajeros deben hacerse la prueba dentro de las 72 horas antes de la salida a Puerto Rico.

  • Durante el viaje: los viajeros deben usar máscara, mantener una distancia de seis pies con los demás, así como cualquier otro protocolo de distanciamiento social.

  • Antes de la salida de Puerto Rico: los viajeros deben hacerse la prueba dentro de las 72 horas anteriores a la salida.

  • Después de viajar desde Puerto Rico: los viajeros deben hacerse la prueba después de 3-5 días de su llegada y ponerse en cuarentena durante siete días. Si alguien niega haber pasado por la prueba de COVID-19 al llegar, deberá pasar por una cuarentena domiciliaria de 14 días.

  • Las fronteras están abiertas para todos los viajeros.

  • Las marinas están abiertas para la navegación entre puertos. Está prohibido atracar.

  • Los cruceros ahora están permitidos en las aguas territoriales de los Estados Unidos con un máximo de 250 pasajeros.

Restricciones de toque de queda

  • moderado

  • El toque de queda nocturno de 22:00 a 05:00 (hora local) está vigente hasta al menos el 11 de diciembre. Los servicios esenciales no se verán afectados.

Restricciones de distanciamiento social

  • moderado

  • Están prohibidas todas las reuniones públicas no autorizadas.

Restricciones internas de viaje

  • Mínimo

  • Los taxis privados están disponibles fuera del horario de toque de queda.

  • La Autoridad Metropolitana de Autobuses de Puerto Rico (AMA) y el sistema de metro Tren Urbano han iniciado operaciones.

  • Los turistas solo pueden utilizar el transporte marítimo desde y hacia la isla Culebra.

  • Solo los residentes pueden utilizar los servicios de ferry a las islas de Vieques.

¿Tiendas no esenciales abiertas?

  • Si

  • La mayoría de las empresas, incluidos los casinos, gimnasios y salas de cine, pueden reabrir con capacidad limitada.

  • Las tiendas minoristas están abiertas con capacidad limitada y con restricciones de salud pública.

  • La mayoría de los sectores comercial, financiero y profesional han reanudado los servicios a capacidad reducida.

  • Las agencias gubernamentales están abiertas.

¿Alojamiento abierto?

  • Si

  • Los hoteles pueden abrir.

¿Restaurantes abiertos?

  • Si

  • Se permite la apertura de restaurantes con capacidad reducida.

¿Bares y cafés abiertos?

  • No

  • Los bares, cafés y discotecas permanecieron cerrados.

¿Playas y sitios turísticos abiertos?

  • Si con excepciones

  • Las playas pueden reabrir con capacidad limitada.

¿Museos y sitios patrimoniales abiertos?

  • Si

  • Los museos están abiertos con aforo limitado.

¿Servicios de cuidado personal abiertos?

  • Si

  • Los salones de belleza, barberías y spas individuales abren con cita previa.

¿Lugares de culto abiertos?

  • Si con excepciones

  • Las iglesias y otros lugares de culto deben realizar servicios a capacidad reducida, manteniendo protocolos de distanciamiento social.

¿Eventos permitidos?

  • Si con excepciones

  • Un máximo de diez personas pueden reunirse para los funerales.

  • Están prohibidas las reuniones masivas en interiores y exteriores para cualquier evento.

¿Se requieren máscaras en público?

  • Si

  • Las mascarillas que cubran la nariz y la boca son obligatorias en los espacios públicos.

Otro

  • Las actividades al aire libre con niños, como montar en bicicleta, trotar, correr y caminar, están permitidas con normas de distanciamiento social.

  • La venta de alcohol está permitida hasta las 22:00 (hora local) todos los días.

  • Se permiten eventos deportivos profesionales, excluidos los deportes de contacto físico como el boxeo.

  • El número de teléfono de emergencia 911 ha sido suspendido indefinidamente después de los recientes casos confirmados de COVID-19 en los centros de llamadas relacionados. Cualquier persona que necesite una emergencia puede llamar a la policía (+1787 3432020) o la Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias y Desastres (+1787 7240124).

Consejo

La epidemia de COVID-19 está cambiando constantemente en todo el mundo. Esta información está sujeta a cambios a medida que evoluciona la situación. Las restricciones de viaje y fronteras pueden cambiar con poco o ningún aviso. Algunos países están comenzando a eliminar algunas restricciones gradualmente. Consulte con su aerolínea, agente de reservas o embajada del país para obtener información sobre sus planes de viaje específicos.